UGT EN CONTRA DE LA NUEVA ISO 45001 SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

UGT EN CONTRA DE LA NUEVA ISO 45001 SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL


El pasado 12 de marzo, la Organización Internacional de Normalización publicó la ISO 45001 sobre sistemas de gestión de seguridad y salud. Tiene estructura de ‘alto nivel’ para ser compatible con el sistema de gestión de la calidad (ISO 9001) y de medioambiente (ISO 14001).
El proceso de elaboración de esta norma comenzó en 2010. En 2014 se confeccionó el primer borrador y en 2015 se produjo la primera votación del mismo en la que no consiguió los suficientes apoyos para ser aprobada. Finalmente, tras la elaboración de una segunda versión de esta norma, el pasado 25 de enero fue aprobada. Esto supone la anulación de la OHSAS 18001, por lo que las empresas que están certificadas actualmente con este sistema tienen un periodo de 3 años para acreditarse con los requisitos de la nueva ISO 45001.
Desde UGT nos hemos opuesto en reiteradas ocasiones a la aprobación de esta norma, en la misma línea que la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y la Confederación Sindical Internacional (CSI) porque no contempla de manera adecuada ni la legislación europea, ni la nacional y porque limita la consulta y participación de los trabajadores y trabajadoras. Muchos países europeos también se han manifestado en contra de la misma, entre ellos el Comité español.
Debemos recordar que el alcance de la normativa española en prevención de riesgos laborales es mucho más amplio que el sistema de gestión de ISO 45001. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y su normativa de desarrollo, es derecho mínimo indisponible y de obligado cumplimiento. En nuestro ordenamiento jurídico se reconoce como derecho la consulta y participación de los trabajadores y trabajadoras, algo de lo que la nueva norma ISO 45001 se aleja, por lo que con su implantación no se garantiza la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
Además, la ISO no tiene en cuenta, de forma explícita y desarrollada, una actividad básica en nuestra normativa como es la vigilancia de la salud, mecanismo clave establecido para detectar y prevenir los daños derivados del trabajo.
En España, el Real Decreto 171/2004 regula la coordinación de actividades empresariales. En él se indica que cada empresario tiene atribuidas sus responsabilidades, en función de la actividad ‘contratada’, para con sus trabajadores y con otros trabajadores que desarrollan alguna actividad en su centro de trabajo. La norma ISO 45001 deja fuera de su alcance estos requisitos legales, pudiendo crear confusión e inseguridad respecto de las obligaciones empresariales en este sentido.
Por otro lado, la obligación impuesta por ISO para usar una estructura excesivamente compleja, no facilita la comprensión de la norma. Es un sistema basado en la gestión del riesgo, excesivamente documentado y donde el interés mayor pueda estar en mantener una supuesta acreditación, que se aleja de las líneas de actuación de la UE para simplificar la prevención, especialmente en la PYME.
En definitiva, el texto genera dudas y provoca interpretaciones erróneas sobre cómo gestionar de manera eficaz y adecuada la prevención de riesgos laborales en los lugares de trabajo.
Alertamos de que la mera certificación en la ISO 45001 no será suficiente para cumplir con la legislación española en relación a la prevención de riesgos laborales. La aplicación de esta norma en España no consigue mejorar los niveles de seguridad y salud de los trabajadores establecidos por nuestro ordenamiento jurídico que debería ser el objeto principal de esta norma.

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