¿TIENEN DERECHO A BAJA LABORAL LOS CONTAGIADOS POR COVID-19?

¿TIENEN DERECHO A BAJA LABORAL LOS CONTAGIADOS POR COVID-19?

Si tengo trabajo y me contagio por COVID-19 ¿tienen que darme la baja laboral? ¿Y qué sucede con los contactos directos de los contagiados?
Desde la Conselleria de Salut de Islas Baleares explican que se concede la baja médica a las personas que son positivo en coronavirus y a las que son contacto estrecho de un positivo. Por contacto estrecho se entiende a la persona con la que se ha estado los dos últimos días antes de tener síntomas o del diagnóstico; además, se tiene que haber estado a menos de dos metros durante más 15 minutos sin protección. También, se incluye a las personas que conviven con el afectado.
En cuanto a la duración de la baja, en el caso de los contactos estrechos ésta dura lo que el aislamiento: 14 días, a contar desde el último contacto con la persona positiva. La baja de los contagiados también suele ser por 14 días, pero depende de la evolución clínica del enfermo.
No obstante, los contagiados que se encuentren en condiciones óptimas de salud para teletrabajar y los contactos estrechos (estos no tienen por qué estar contagiados) pueden renunciar a la baja y continuar desarrollando sus funciones laborales desde casa, siempre que su puesto de trabajo ofrezca esta opción. «La baja sólo se da si se precisa, si un trabajador continúa trabajando desde casa, no es baja», apuntan desde la consellería.
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