PREVENIR LA APARICIÓN DEL SÍNDROME DEL TRABAJADOR QUEMADO

PREVENIR LA APARICIÓN DEL SÍNDROME DEL TRABAJADOR QUEMADO

El síndrome del trabajador quemado es una afección que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha clasificado recientemente como fenómeno ligado al trabajo. UGT ha aprovechado esta decisión de la OMS para reclamar la revisión del Cuadro de Enfermedades Profesionales español, en el que no se reconocen las enfermedades producidas por los riesgos psicosociales del trabajo.
Según los sindicatos, que la OMS reconozca la relación directa de este síndrome con el trabajo abre la posibilidad a que se pueda considerar una enfermedad profesional en el sistema español, si bien las mutuas (entidades colaboradoras de la Seguridad Social encargadas de gestionar las bajas por motivos laborales) lo ven difícil.
Para la secretaria de Salud Laboral de UGT, Ana García de la Torre, “hay que reclamar la ampliación del cuadro de enfermedades profesionales para que incluya estos riesgos psicosociales que de nuevos tienen poco”.
Este reconocimiento es fundamental para poner en marcha planes de prevención que mejoren la protección de los trabajadores, “porque lo que no se ve, no se previene”, y reducir así los costes asociados a la falta de prevención de los riesgos psicosociales, que UGT estima en entre 545 y 810 millones de euros anuales, de acuerdo con un estudio del sindicato de 2010.
El reconocimiento de esta afección como enfermedad profesional (que se estima que en España puede afectar a un 15% de los trabajadores, ya que no hay estadísticas oficiales) beneficiaría al empleado afectado porque desde el primer día de baja cobra el 75 % de la base de cotización, mientras que si está de baja por enfermedad común no cobra durante tres días y entre el cuarto y el decimoquinto sólo percibe el 60 % de la base reguladora.
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Síndrome del trabajador quemado.

Síndrome del trabajador quemado.


 

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