28 Feb LA SEGURIDAD SOCIAL SEÑALA QUE LA CUARENTENA POR MOTIVO DEL CORONAVIRUS DEBE SER CONSIDERADA COMO BAJA LABORAL POR ENFERMEDAD COMÚN
La Seguridad Social ha emitido un criterio que manifiesta que los trabajadores que estén en aislamiento preventivo para la detección de una posible infección por coronavirus sean considerados en situación de baja temporal por enfermedad común
La Seguridad Social explica que el periodo en el que un trabajador se vea sometido a un aislamiento preventivo forzoso será considerado «como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común».
Durante ese tiempo, «los trabajadores no están afectados, en sentido estricto, por un accidente o por una enfermedad, pero deben estar vigilados y recibir la correspondiente asistencia sanitaria para diagnosticar su estado, por lo que están impedidos para el trabajo por obvias razones».
Desde la Seguridad Social añaden que se trata del mismo criterio que se aplicó en la Gripe A y que se fija para «garantizar la protección de los trabajadores durante tales periodos de aislamiento» y para «disipar las dudas» que se han planteado.
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