05 Ago EXTENSIÓN DE LA PROTECCIÓN ESPECIAL ANTE EL COVID-19 PARA LOS PROFESIONALES SANITARIOS
El Consejo de Ministros aprobó ayer, 4 de agosto, un Real Decreto-ley en el que se recoge la prórroga de la consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, de las enfermedades relacionadas con el COVID-19 contraídas por los profesionales que trabajen en centros sanitarios o socio-sanitarios.
Esta prórroga se aplica desde el 1 de agosto de 2020 y se extenderá hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente al COVID-19.
El pasado 26 de mayo se aprobó un Real Decreto-ley que consideró estas enfermedades como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para todas las prestaciones (viudedad, orfandad…). La fecha límite de esta consideración se estableció hasta el mes posterior a la conclusión del Estado de Alarma. Con la prórroga aprobada ayer, esta medida seguirá en vigor hasta que las autoridades sanitarias decreten el levantamiento de todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente al COVID-19.
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