
11 Ene EL TSJM CONSIDERA COMO ACCIDENTE LABORAL EL SUFRIDO POR UN TRABAJADOR EN SU DOMICILIO MIENTRAS TELETRABAJABA
El portal prevencionar.com recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que que reconoce como accidente laboral la lesión de un trabajador acaecida en su cocina, cuando fue a beber agua, mientras teletrabajaba.
El TSJM basa su sentencia en otras dos del Tribunal Supremo, en las que el alto tribunal reconoció como accidentes laborales los sufridos por trabajadores que les ocasionaron “determinadas lesiones durante el disfrute de la pausa de descanso diario”, incluso cuando habían salido del propio centro de trabajo para ello.
Los magistrados del TSJM argumentan que nadie pondría en duda el tratamiento de accidente laboral a los producidos “cuando se deja temporalmente dicho puesto y se sufre una caída, por ejemplo dirigiéndose al WC o en su interior; o cuando se desplaza a un lugar habilitado por la empleadora para servirse una bebida y/o un producto alimenticio”.
No Comments