EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CONSIDERA ACCIDENTE LABORAL LA ANSIEDAD SUFRIDA POR UNA PEDIATRA COMO CONSECUENCIA DE LA PRESIÓN MEDIÁTICA A LA QUE FUE SOMETIDA

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CONSIDERA ACCIDENTE LABORAL LA ANSIEDAD SUFRIDA POR UNA PEDIATRA COMO CONSECUENCIA DE LA PRESIÓN MEDIÁTICA A LA QUE FUE SOMETIDA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha sentenciado que la ansiedad aguda sufrida por una pediatra, ocasionada por unas publicaciones periodísticas que la vinculaban con una trama de abusos a menores, debe ser considerada como accidente laboral. La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado José Manuel González Viñas, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo al considerar como accidente laboral “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo”.
La publicación en mayo de 2019 de unas informaciones en las que se relacionaba a la pediatra con una trama de abusos a menores llevó a varios periodistas a acudir al centro de trabajo en el que la pediatra desarrollaba su actividad. Algunos, incluso, llegaron a acudir a su domicilio, lo que motivó que la pediatra precisara recibir asistencia médica debido a su estado de ansiedad.
El tribunal compara la causa de la ansiedad de la pediatra por el acoso de los periodistas con los accidentes sufridos por los trabajadores cuando salen de la empresa para tomar un café dentro del tiempo legalmente previsto como actividad habitual, social y normal en el mundo laboral, destacando que el trabajo –en este caso la realización de informe pediátrico- es la condición sin la cual no se hubiera producido el accidente.
Más información.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.