26 Ene EL PARLAMENTO EUROPEO EXIGE UNA LEY QUE REGULE EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN EN LA UE
El Parlamento Europeo ha reconocido esta semana el derecho a la desconexión como un derecho fundamental y reclamó a la Comisión Europea la necesidad de implementar este derecho por ley en toda la zona comunitaria.
En este sentido, la Confederación Europea de Sindicatos (CES), de la que UGT es fundadora, exige que la Comisión Europea presente una legislación para que las personas trabajadoras puedan hacer valer su derecho a desconectarse del trabajo fuera del horario laboral, ya que, con motivo de la crisis del coronavirus, muchas de ellas se han visto obligadas a tener que emplearse así.
Las organizaciones sindicales europeas exigen a la Comisión Europea que esta ley no se posponga otros tres años, pese a que el Parlamento votó a favor de una enmienda pidiendo a la Comisión que retrase cualquier legislación sobre el derecho a desconectarse durante tres años, lo que significa que los trabajadores no verían el derecho a la desconexión legalmente exigible promulgado durante casi una década. La razón aparente de tal retraso es el «acuerdo de interlocutores sociales autónomos» sobre digitalización firmado el año pasado. Sin embargo, el acuerdo autónomo no incluye el derecho a la desconexión. Dado que, claramente, el Parlamento no tiene mandato para interpretar los acuerdos de los interlocutores sociales, la CES ha pedido a la Comisión Europea que ignore la solicitud de retrasar la legislación de la UE sobre el derecho a la desconexión. Además, el Secretario de Política Internacional de UGT, Jesús Gallego, envió una carta a los europarlamentarios antes de la votación para reclamarles que votasen en contra de esta enmienda, que recorta claramente un derecho fundamental de las personas trabajadoras de toda Europa.
La nueva ley de teletrabajo, impulsada en nuestro país gracias al acuerdo entre el Gobierno y los interlocutores sociales, ha regulado las condiciones laborales de las personas que trabajan a distancia, y reflejando los derechos de desconexión y estableciendo una norma que hay que desarrollar a través de la negociación.
En este sentido, UGT recuerda que en el día de hoy las empresas, con los plazos que marca la nueva normativa, están obligadas a modificar los contratos de sus trabajadores y actualizarlos a la nueva ley que regula el teletrabajo, al haberse cumplido tres meses y diez días desde su entrada en vigor. Se trata de la regulación para los acuerdos individuales no sujetos a convenio que se produjeron antes de la pandemia, es decir, para quienes teletrabajaran antes de la crisis del Covid y para los que quieran seguir haciéndolo cuando finalice la emergencia sanitaria.
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