EL TRIBUNAL SUPREMO CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE GUIJUELO POR DISCRIMINAR A UN TRABAJADOR TEMPORAL

EL TRIBUNAL SUPREMO CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE GUIJUELO POR DISCRIMINAR A UN TRABAJADOR TEMPORAL

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Guijuelo (Salamanca) al pago de 30.050 euros, además de las costas del juicio, a los padres de un trabajador que falleció el 18 de septiembre de 2015 por infarto de miocardio durante el trabajo.
El Ayuntamiento de Guijuelo, por resolución de Alcaldía de 11-5-16, invocando el art.1 del «Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones del personal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Guijuelo», desestimó la demanda de los padres del fallecido en la que reclamaban 18.030 euros al consistorio, pues según el ayuntamiento no está prevista indemnización para los ascendientes.
Con fecha 17 de mayo de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condenó al consistorio de Guijuelo a indemnizar a los padres del fallecido con 30.050 euros, fallo que fue recurrido en casación por el ayuntamiento.
Ahora, el Supremo resuelve que “en el acuerdo en cuestión (Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo y retribuciones del personal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Guijuelo), se establece una diferencia de trato inadmisible en la mejora voluntaria de Seguridad Social entre trabajadores en función de la naturaleza de su contrato, que contraviene la Directiva 1999/70CE, reiteradamente interpretada por el TJUE señalando que el Acuerdo Marco anexo a la Directiva, y en particular su cláusula 4, tiene por objeto la aplicación de dicho principio a los trabajadores con contrato de duración determinada con la finalidad de impedir que una relación laboral de esta naturaleza sea utilizada por un empleador para privar a dichos trabajadores de derechos reconocidos a trabajadores con contrato de duración indefinida”.
Por esta discriminación, el Supremo condena al Ayuntamiento de Guijuelo y reconoce el derecho de los padres a percibir la indemnización de 30.50 euros por la muerte de su hijo, pese a ser empleado temporal del Consistorio.
 

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